martes, 30 de septiembre de 2008

Estatutos

Partido por la Unidad Democrática Cristiana de Cuba

Estatutos
Partido por la Unidad Democrática Cristiana de Cuba
Parte I
Nosotros los Demócratas Cristianos Cubanos, invocando a nuestro Dios, nos congregamos en La Habana para fundar un partido de filiación cristiana.
Capítulo I.- De la denominación y domicilio
Artículo No. 1
El Partido por la Unidad Democrática Cristiana, es una organización política de filiación cristiana, que se establece en todo el país por la libre voluntad de sus miembros, para desde la perspectiva de la fe trabajar incansablemente, por la libertad, la democracia, el respeto a los Derechos Humanos y el establecimiento de un estado de Derecho en Cuba.
El Partido por la Unidad Democrática Cristiana de Cuba tendrá su sede central en la Ciudad de La Habana, capital de la República de Cuba, ubicada en la Calle 25 No. 571 apto. 702 e/ H y G, Vedado, Municipio Plaza de la Revolución, Ciudad de La Habana, teléfono 8302746 y correo electrónico rborges@pudc.yahoo.es
Artículo No. 2
Podrán ser miembros o militantes del PUDC, con todos los derechos que le confiere el presente estatuto, los ciudadanos cubanos residentes en Cuba o en el extranjero, y los extranjeros residentes en Cuba o no que cumplan los siguientes requisitos:
· Ser mayor de 16 años de edad.
· Adscribirse plenamente a los principios y valores que sustenta el PUDC.
· Aceptar plenamente los estatutos y demás documentos que emanen de los mismos.
· Participar regularmente en las actividades programadas por las respectivas directivas.
· Asistir de forma regular a las reuniones en sus organizaciones de base.


Artículo No. 3
El Partido por la Unidad Democrática Cristiana de Cuba a los fines de estos estatutos se denominará en lo sucesivo PUDC.
Capítulo II.- De los principios del Partido
Artículo No. 4
Los principios de nuestro partido son:
a) El reconocimiento de Dios como supremo creador del universo y de nuestro señor Jesús Cristo como nuestro Rey Salvador.

b) El amor y la unidad fraternal entre todos los cubanos sin distinción de sexo, raza, religión o de otra índole.

c) La solidaridad y hermandad entre todos los hombres de la tierra.

d) La lucha pacífica en todos nuestros actos y resoluciones, fundados en la verdad y el respeto por la vida y el decoro del ser humano.

e) La conservación del medio ambiente en su estado natural y promoviendo el respeto a los convenios internacionales.
Capítulo III.- De los objetivos.
Artículo No. 5
Los objetivos del PUDC son:
a) Establecimiento de un partido de filiación cristiana, que trabaje desde la visión de la fe, por la libertad, prosperidad, y felicidad de todos los cubanos.

b) La libertad inmediata e incondicional de todos los prisioneros políticos y de conciencia cubanos.

c) La mejoría urgente de las condiciones carcelarias y la revisión y abolición de las normas jurídicas injustas.

d) La lucha por la abolición de la Pena de muerte.

e) El crecimiento espiritual de los cubanos, inspirados bajo el ideario de José Martí.

f) La promoción y defensa de los Derechos Humanos.

g) Trabajar por la transición pacífica y ordenada hacia la democracia en Cuba.

h) Luchar por el establecimiento de un estado de derecho, fundamentado en la tradición jurídica y democrática de los cubanos, que inspirados en la constitución de 1940 y en nuestros próceres, permita una patria para todos.

i) La participación de todos los cubanos en la edificación de una patria nueva, sin exclusión alguna, fundada en el perdón y la reconciliación, sobre la base de la justicia.

j) Luchar por una verdadera apertura y libertad religiosa en Cuba, con acceso a los medios de difusión masiva, a la enseñanza, a las plazas y parques públicos, y le sean devueltas a las iglesias las propiedades confiscadas.

Capítulo IV.- De la estructura.

Sección 1.- De la estructura en general.
Artículo No. 6
Los órganos de dirección nacionales del PUDC son:
· El Congreso.
· El Consejo Nacional.
· La Secretaría.
Las Delegaciones de base, se establecerán de acuerdo a las posibilidades reales y a la libre decisión de los afiliados.

Todos los órganos de dirección se regirán por los principios siguientes:
a) Las decisiones colegiadas.
b) El voto universal directo y secreto.
c) La mayoría simple en los acuerdos y disposiciones.
d) La transparencia y veracidad en todos los actos estarán siempre fundados en la vocación de servir al pueblo.





Sección 2.- Del Congreso.
Artículo No. 7
El Congreso es el órgano supremo de representación y poder del Partido y tiene como funciones y atribuciones las siguientes:
a) Reunirse una vez cada 4 años.
b) Aprobar o modificar con potestad exclusiva estos estatutos.
c) Emitir acuerdos y resoluciones encaminadas al fortalecimiento y desarrollo del Partido y al cumplimiento de sus objetivos y fines.
d) Analizar y aprobar los informes de trabajo realizados por el Consejo Nacional, la Secretaría y otros órganos de dirección.
e) Establecer el programa y lineamientos del Partido.
f) Elegir de su seno a un secretario y un vocal para constituirse y sesionar.
g) La revocación de los mandatos conferidos.
h) Cualquier otra establecida en estos estatutos.
Sección 3.- Del Consejo Nacional.
Artículo No. 8
El Consejo Nacional es un órgano ejecutivo y resolutorio, y está integrado por la Secretaría Nacional y los Delegados Provinciales, y se reunirá una vez cada año.

Sus funciones y atribuciones son:

a) Evaluar el trabajo de la Secretaría Nacional.

b) Tomar acuerdos y disposiciones encaminados a impulsar el trabajo del Partido.
Sección 4.- De la Secretaría Nacional.
La Secretaría Nacional es el órgano ejecutivo del Partido y su máxima representación dentro y fuera del territorio nacional, durante los períodos de receso del Consejo Nacional y queda integrada por:

a) El Presidente
b) El Vicepresidente.
c) El Secretario de Relaciones Públicas.
d) El Secretario de Derechos Humanos.
e) El Secretario para la educación, la cultura y la evangelización.
f) El Tesorero.
Artículo No. 9
Sus funciones y atribuciones son:
a) Reunirse una vez cada mes en forma ordinaria.
b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y demás acuerdos y disposiciones del Congreso y el Consejo Nacional.
c) Adoptar acuerdos y disposiciones para desarrollar el Partido y sus actividades.
Artículo No. 10
El Presidente es la máxima autoridad del Partido dentro y fuera de Cuba y sus funciones son:
a) Convocar y presidir las reuniones del Ejecutivo.
b) Atender las relaciones diplomáticas e internacionales.
c) Atender las relaciones con la disidencia interna y el exilio.
d) Ocuparse directamente con el trabajo de los delegados de base.
Artículo No. 11
El Vicepresidente, sustituye al Presidente en caso de ausencias temporales o definitivas y sus funciones y atribuciones son:
a) Atender todo lo relacionado con los archivos, directorios y organización.
b) Velar por el crecimiento, extensión y desarrollo del Partido.
Artículo No. 12
El Secretario de Cultura, Educación y Evangelización promoverá la prédica cristiana, la cultura libre y la educación despolitizada.


Artículo No. 13
El Secretario de Derechos Humanos, encabezará la promoción y defensa de estos derechos, enfocándolo en la lucha por la libertad de los presos políticos
Artículo No. 14
El Secretario de Relaciones Públicas atenderá el trabajo ideológico del Partido.
Artículo No. 15
El Tesorero custodiará los fondos y demás bienes de la organización.

La Habana, Cuba, Abril de 2008.

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